La SCJN redefine las pensiones por viudez en México
El 7 de abril de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tomó una decisión trascendental al declarar inconstitucional un artículo del Reglamento de Pensiones del ISSSTE que limitaba el acceso a pensiones por viudez a quienes trabajaran y cotizaran. Esta medida representa un avance significativo en la defensa de los derechos de los beneficiarios de pensiones, aunque aún se requiere la derogación formal del artículo afectado.
Un paso hacia la equidad en pensiones
La reciente decisión de la SCJN, que se llevó a cabo por unanimidad, elimina una restricción que había generado controversia entre los derechohabientes del ISSSTE. El artículo 12, fracción II, inciso c) del Reglamento de Pensiones permitía la suspensión de pensiones por viudez para aquellos que se encontraran empleados y cotizando. Con esta resolución, la Corte reafirma el derecho a la seguridad social y garantiza que las pensiones por viudez no se vean afectadas por el ejercicio de un trabajo remunerado.
Contexto de la decisión
La declaratoria de inconstitucionalidad fue parte de un proceso más amplio que inició con el amparo en revisión 495/2022, el cual había sido discutido previamente por la extinta Segunda Sala de la Corte. La falta de acción por parte del Poder Ejecutivo para derogar el artículo cuestionado llevó a la remisión del expediente al ministro Irving Espinosa Betanzo, quien elaboró el proyecto de resolución que finalmente fue aprobado el 7 de abril de 2026.
Argumentos de la Corte
En su intervención, el ministro Espinosa destacó que la pensión por viudez y el trabajo remunerado son derechos que no se oponen entre sí. Aclaró que la pensión es un beneficio derivado de la muerte de un trabajador, mientras que el trabajo remunerado es una relación laboral con el Estado. Esta distinción es fundamental para entender que ambos derechos pueden coexistir sin que uno anule al otro. La declaración de inconstitucionalidad subraya la importancia de proteger los derechos de los beneficiarios de pensiones, asegurando que tengan acceso a un sustento económico a pesar de su situación laboral.
Implicaciones futuras
Con esta resolución, se ordena la notificación al Diario Oficial de la Federación para su publicación, lo que implica que, a partir de ahora, los beneficiarios de pensiones por viudez podrán trabajar y cotizar sin temor a perder su derecho a la pensión. Este cambio legislativo es un avance significativo en la lucha por la equidad en el sistema de pensiones en México. Sin embargo, es fundamental que se realice la derogación formal del artículo en cuestión para consolidar esta protección y evitar futuras interpretaciones restrictivas. La SCJN ha dado un paso importante, pero el camino hacia una justicia plena en materia de pensiones continúa.
Con información de El Informador