Un nuevo periodo de registro para la pensión de discapacidad: un paso hacia la inclusión
Del 23 al 29 de marzo se abrirá un nuevo periodo de incorporación a la Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente. Este apoyo, que ya cuenta con rango constitucional, entrega 3,300 pesos bimestrales directamente a los beneficiarios. El registro debe realizarse de forma presencial en los Módulos de Bienestar, en horario de 10:00 a 16:00 horas. La cobertura varía según el estado: en 24 entidades con convenio de universalidad, aplica para personas de 0 a 64 años; en los ocho estados restantes, el rango de edad es de 0 a 29 años, con excepciones en comunidades vulnerables. Este esfuerzo busca mitigar la desigualdad, en un contexto donde solo 4 de cada 10 personas con discapacidad forman parte de la población económicamente activa y perciben salarios en promedio 13% menores.
Un apoyo con rango constitucional
La Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente ha trascendido su carácter de programa social para convertirse en una obligación de Estado. Al contar con rango constitucional, su entrega es un mandato tanto para el Gobierno federal como para los gobiernos de las entidades federativas. Este estatus jurídico busca blindar el apoyo contra cambios administrativos y garantizar su continuidad como un derecho para un sector de la población históricamente marginado. La pensión, fijada en 3,300 pesos cada dos meses para el año 2026, se deposita de manera directa a través de la tarjeta del Banco del Bienestar, eliminando intermediarios y buscando una mayor eficacia en la entrega de los recursos.
Un calendario para ampliar la cobertura
El nuevo periodo de registro, programado del 23 al 29 de marzo, representa una ventana estratégica para incorporar a más beneficiarios. Las autoridades han organizado el proceso por la primera letra del apellido para agilizar la atención en los Módulos de Bienestar. Los días sábado 28 y domingo 29 de marzo están designados como días universales, permitiendo el registro de personas con cualquier letra inicial, una medida pensada para facilitar el trámite a quienes no pudieron acudir en su día asignado. La atención se brindará en un horario de 10:00 a 16:00 horas, y la ubicación del módulo más cercano puede consultarse en el portal oficial del programa.
La compleja realidad detrás del apoyo
La implementación de esta pensión se da en un contexto de profunda desigualdad laboral y económica. Según información oficial, solo 4 de cada 10 personas con discapacidad en México forman parte de la población económicamente activa. Quienes logran insertarse en el mercado laboral enfrentan una brecha salarial del 13% en promedio respecto a otros trabajadores. Este panorama subraya la importancia crítica de un apoyo económico directo que, si bien no resuelve estructuralmente la exclusión, proporciona un colchón esencial para la subsistencia y la autonomía de miles de personas y sus familias, contribuyendo al objetivo declarado de mejorar sus condiciones de vida y garantizar el acceso pleno a sus derechos.
Un mosaico de cobertura en el territorio nacional
La aplicación del programa presenta dos realidades distintas en el país, determinadas por los acuerdos de coordinación entre la federación y los estados. En 24 entidades federativas que han suscrito el convenio de universalidad, la pensión se otorga a personas con discapacidad permanente desde los 0 hasta los 64 años de edad. Al cumplir 65 años, los beneficiarios realizan una transición automática a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores. En contraste, en los ocho estados restantes —Aguascalientes, Coahuila, Chihuahua, Durango, Guanajuato, Jalisco, Nuevo León y Querétaro— la cobertura está inicialmente limitada al grupo de 0 a 29 años. No obstante, esta restricción se flexibiliza en municipios indígenas, afromexicanos o con un alto grado de marginación, donde el rango de edad puede extenderse hasta los 64 años.
Requisitos y facilitadores del trámite
Para completar el proceso de inscripción, los solicitantes deben presentar una identificación oficial vigente, que puede ser la INE, pasaporte, credencial del Inapam o una carta de identidad. El documento clave es un certificado o constancia médica que acredite la discapacidad permanente, el cual debe ser emitido por una institución pública de salud. Reconociendo que la condición de discapacidad puede dificultar la movilidad, el programa permite que, si la persona solicitante no puede acudir personalmente al módulo, designe a un auxiliar o representante para que realice el registro en su nombre. Esta disposición es un componente fundamental para asegurar que el apoyo llegue efectivamente a quienes más lo necesitan, removiendo barreras burocráticas y logísticas.
Con información de El Informador